LA IGUALDAD DE LA
MUJER EN INSTITUCIONES PENITENCIARIAS.
1. Presenta la política pública que
hayas elegido.
La igualdad de la
mujer en la Institución penitenciaria.
Las políticas
públicas de igualdad han de llegar a todos los ámbitos de la sociedad y el de
la institución penitenciaria no puede quedarse al margen. Aún más si cabe,
estas políticas han de desarrollarse con intensidad en aquellos ámbitos donde
la masculinización o el papel del hombre es preponderante.
En efecto, la
institución penitenciaria como paradigma de las denominadas “instituciones totales”
está concebida por y para el hombre.
Y esa concepción
masculina lo es de la institución en sí y no afecta únicamente a un grupo determinado
de mujeres. Ha influido e influye en la actualidad tanto en el colectivo de mujeres
encarceladas como en el de las empleadas públicas, entendido este término en un
sentido amplio.
Aunque en este
trabajo me voy a referir a las mujeres encarceladas no quería pasar por alto esa
idea pues la concepción masculina de las cárceles, prisiones, establecimientos penitenciarios
etc. hunde sus raíces en el derecho histórico.
Desde la Edad Moderna
en Europa se fundaron las “casas de arrepentidas” siendo en España la
más destacada la Casa de Arrepentidas de Valladolid o Colegio de Santa Isabel,
dirigida por la Madre Magdalena de San Jerónimo. Este instituto sirvió de
modelo para la creación de la primera cárcel de mujeres donde las religiosas custodiaban a las
internas y pretendían reeducarlas con su ejemplo para reintegrarlas en la
sociedad.
Era pues un modelo
radicalmente distinto al masculino, en su momento quizás más avanzado por esa idea
resocializadora, pero cuyos efectos más negativos se extienden hasta la actualidad.
No fue hasta 1932 el
nombramiento por oposición de las primeras
funcionarias de prisiones en sustitución de las religiosas Hijas de la
Caridad, las cuales se encargaban de las tareas de vigilancia.
Hecho el pequeño
apunte histórico es cuestión de centrar el asunto. Se habla de que la mujer
encarcelada sufre una doble condena pues el sistema penitenciario, como se
apuntó, está diseñado para hombres. Las razones están perfectamente delimitadas
“En el mundo
penitenciario, predominantemente masculino, las mujeres encarceladas han
ocupado una posición muy secundaria. Siempre fueron menos numerosas, pues hay
razones intrínsecas a su condición de género que han actuado como un escudo
protector a su inmersión en el mundo delictivo. Su actividad criminal es,
generalmente, de menor entidad y trascendencia social.
Este menor número plantea problemas de coste
en la construcción y gestión de instalaciones y equipamientos específicos en
algunas provincias y zonas del Estado, lo que se traduce en que sufren una
mayor lejanía y dispersión geográfica, pues se las ha concentrado en un menor
número de centros; esto es, tienen más dificultades para cumplir condena en
centros y dependencias próximas a sus entornos de arraigo y/o afectos y,
además, disponen de menores oportunidades materiales de cumplir las fases
finales de sus condenas en régimen de semilibertad, al carecer de dependencias
adecuadas cercanas a su residencia habitual.
A lo largo del tiempo, han sufrido peores
condiciones de alojamiento, ocupando siempre los espacios más precarios y peor
dotados de las prisiones.”1
2. Analiza la
política pública que hayas elegido.
Para dar
respuesta este apartado debemos partir del documento que parece ser (más adelante
explicaré esta reticencia) que la Secretaría General de Instituciones penitenciarias
considera el actual plan de igualdad. Recientemente publicado, el estudio se denomina “La situación de la mujer privada de libertad en la Institución
penitenciaria”2
Fue realizado mediante la elaboración de un cuestionario
que se distribuyó a partir de noviembre de 2019 a todos los centros penitenciarios
que contaban con mujeres, y al mismo respondieron 6 de cada 10 mujeres
encarceladas. El cuestionario es bastante completo y se les pregunta sobre
diversos aspectos relativos a la satisfacción de la estancia en prisión, la
organización y todo lo relativo a las actividades, a la Institución penitenciaria
como prestadora de un servicio público etc.
Por lo tanto
a la pregunta de la “REPRESENTACIÓN
¿Qué papel juegan las mujeres en las decisiones y las relaciones de poder en
este proyecto?” Podemos afirmar que por lo menos se ha contado con las
mujeres para elaborar el plan.
El estudio analiza detalladamente cada una de
las cuestiones planteadas y concluye con doce propuestas. Así por ejemplo:
La
consolidación en el uso de un lenguaje inclusivo y sin marcaje de género todas
las comunicaciones dirigidas a la población penitenciaria.
Evitar
la limitación del acceso de las internas a los programas o actividades que se
lleven a cabo en el Establecimiento.
Promover
la participación de las mujeres en las actividades formativas y laborales en
las que no tengan presencia o estén infrarrepresentadas.
Potenciar
el desarrollo de Departamentos de carácter mixto que permita trabajar en
condiciones de igualdad y de asignación de roles por razón del
género de la persona.
Entonces podría parecer que a las preguntas “ROLES: ¿Impacta esa política o proyecto público en los roles de género? y RECURSOS: ¿Tiene efecto en el acceso igualitario a recursos económicos, materiales o de otro tipo para las mujeres?” deberíamos contestar que sí.
3. Comenta, si los conoces, el impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública. Si desconoces esa información, comenta entonces el impacto y resultados que consideras que podría tener.
La cuestión es, siguiendo el hilo conductor
de “las tres R”, que en realidad el propio plan se autolimita al partir como él
mismo lo denomina de un “planteamiento posibilista”, aludiendo a la complejidad
del cambio de la realidad estructural de las instituciones, más aun cuando
estas son totales. No deja de tener su razón este argumento y es cierto que es
necesario ser realista. Lo cual nos llevaría a la última cuestión.
4. ¿Qué puntos
fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?
Como puntos
fuertes señalaríamos que la política de igualdad es una política de estado y
por lo tanto es necesario que llegue a las mujeres encarceladas, quizás con un
poco de retraso, pues estamos en 2021, pero que se inicie ya ese proceso.
Y Como puntos débiles
los que ya hemos señalado sobre la dificultad y la resistencia al cambio de las
organizaciones, más cuando estas son cerradas, y otros como el nivel de formación,
de las internas, que muchas de ellas han sido víctimas de violencia de género,
etc.
Pero en
realidad todo este planteamiento, tal y como lo expongo no sería verdadero. Lo
cierto es que la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias
tiene diseñado y elaborado un “Programa de acciones para la Igualdad entre
mujeres y hombres en el ámbito penitenciario” desde el año 2009, donde
todas y cada una de las propuestas que se presentan en el estudio actual ya
están recogidas. ¡Desde 2009! Y muchas más pues es un plan integral donde
también se recogían medidas respecto al persona penitenciario.
Se
podrá argumentar que el estudio actual que hemos analizado someramente se
inserta en el plan de 2009, pero no es así porque no hay ni una sola referencia
al mismo ni a los órganos que en teoría creaba: “la Creación de una estructura orgánica y funcional permanente que
impulse, examine regularmente, y evalúe el impacto del programa de acciones
para la igualdad”.
De
hecho al analizar el estudio reciente parece partir de la nada. Lo cual es
descorazonador porque de 2009 a 2019 debemos colegir que el plan de igualdad
fue no solo ya papel mojado sino la nada. Y a partir de 2009 se retoma
parcialmente el espíritu de la igualdad pero no recordamos lo que ya teníamos.
Hecha
la crítica sería injusto no introducir matices.
El primero
sería que sí existe una preocupación verdadera por la promoción de la igualdad
de la mujer en la Institución, como lo demuestra por ejemplo la reciente
creación de un Departamento de igualdad en los servicios centrales de la
Secretaría general con la previsión de crear una estructura territorial.
El segundo es
que algunos de los objetivos que se establecían en el plan de igualdad de 2009 se
han trabajado y conseguido. Pero esta falta de seguimiento en la consecución de
resultados es un gran punto débil en cualquier organización, más en la Función
Pública que ha de ser capaz de materializar y visibilizar los logros de las
políticas públicas.
NOTAS BIBLIOGRÁFICAS
1.Programa de acciones para la Igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito penitenciario, SGIIPP, 2009. https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/fondo-documental
2.La situación de la mujer privada de libertad en la Institución penitenciaria, SGIIPP,2021. https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/fondo-documental
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