LA IGUALDAD DE LA MUJER EN INSTITUCIONES PENITENCIARIAS.

        1. Presenta la política pública que hayas elegido. 

La igualdad de la mujer en la Institución penitenciaria.

Las políticas públicas de igualdad han de llegar a todos los ámbitos de la sociedad y el de la institución penitenciaria no puede quedarse al margen. Aún más si cabe, estas políticas han de desarrollarse con intensidad en aquellos ámbitos donde la masculinización o el papel del hombre es preponderante.

En efecto, la institución penitenciaria como paradigma de las denominadas “instituciones totales” está concebida por y para el hombre.

Y esa concepción masculina lo es de la institución en sí y no afecta únicamente a un grupo determinado de mujeres. Ha influido e influye en la actualidad tanto en el colectivo de mujeres encarceladas como en el de las empleadas públicas, entendido este término en un sentido amplio.

Aunque en este trabajo me voy a referir a las mujeres encarceladas no quería pasar por alto esa idea pues la concepción masculina de las cárceles, prisiones, establecimientos penitenciarios etc. hunde sus raíces en el derecho histórico.

Desde la Edad Moderna en Europa se  fundaron las  “casas de arrepentidas” siendo en España la más destacada la Casa de Arrepentidas de Valladolid o Colegio de Santa Isabel, dirigida por la Madre Magdalena de San Jerónimo. Este instituto sirvió de modelo para la creación de la primera cárcel de mujeres  donde las religiosas custodiaban a las internas y pretendían reeducarlas con su ejemplo para reintegrarlas en la sociedad.

Era pues un modelo radicalmente distinto al masculino, en su momento quizás más avanzado por esa idea resocializadora, pero cuyos efectos más negativos se extienden hasta la actualidad. No fue hasta  1932 el nombramiento por oposición de las primeras  funcionarias de prisiones en sustitución de las religiosas Hijas de la Caridad, las cuales se encargaban de las tareas de vigilancia

Hecho el pequeño apunte histórico es cuestión de centrar el asunto. Se habla de que la mujer encarcelada sufre una doble condena pues el sistema penitenciario, como se apuntó, está diseñado para hombres. Las razones están perfectamente delimitadas

                En el mundo penitenciario, predominantemente masculino, las mujeres encarceladas han ocupado una posición muy secundaria. Siempre fueron menos numerosas, pues hay razones intrínsecas a su condición de género que han actuado como un escudo protector a su inmersión en el mundo delictivo. Su actividad criminal es, generalmente, de menor entidad y trascendencia social.

Este menor número plantea problemas de coste en la construcción y gestión de instalaciones y equipamientos específicos en algunas provincias y zonas del Estado, lo que se traduce en que sufren una mayor lejanía y dispersión geográfica, pues se las ha concentrado en un menor número de centros; esto es, tienen más dificultades para cumplir condena en centros y dependencias próximas a sus entornos de arraigo y/o afectos y, además, disponen de menores oportunidades materiales de cumplir las fases finales de sus condenas en régimen de semilibertad, al carecer de dependencias adecuadas cercanas a su residencia habitual.

A lo largo del tiempo, han sufrido peores condiciones de alojamiento, ocupando siempre los espacios más precarios y peor dotados de las prisiones.”1

        2. Analiza la política pública que hayas elegido. 

Para dar respuesta este apartado debemos partir del documento que parece ser (más adelante explicaré esta reticencia) que la Secretaría General de Instituciones penitenciarias considera el actual plan de igualdad. Recientemente publicado, el estudio se denomina “La situación de la mujer privada de libertad en la Institución penitenciaria”2

Fue realizado mediante la elaboración de un cuestionario que se distribuyó a partir de noviembre de 2019 a todos los centros penitenciarios que contaban con mujeres, y al mismo respondieron 6 de cada 10 mujeres encarceladas. El cuestionario es bastante completo y se les pregunta sobre diversos aspectos relativos a la satisfacción de la estancia en prisión, la organización y todo lo relativo a las actividades, a la Institución penitenciaria como prestadora de un servicio público etc.

Por lo tanto  a la pregunta de la REPRESENTACIÓN ¿Qué papel juegan las mujeres en las decisiones y las relaciones de poder en este proyecto?” Podemos afirmar que por lo menos se ha contado con las mujeres para elaborar el plan.

El estudio analiza detalladamente cada una de las cuestiones planteadas y concluye con doce propuestas.  Así por ejemplo:

 La consolidación en el uso de un lenguaje inclusivo y sin marcaje de género todas las comunicaciones dirigidas a la población penitenciaria.

Evitar la limitación del acceso de las internas a los programas o actividades que se lleven a cabo en el Establecimiento.

Promover la participación de las mujeres en las actividades formativas y laborales en las que no tengan presencia o estén infrarrepresentadas.

Potenciar el desarrollo de Departamentos de carácter mixto que permita trabajar en condiciones de   igualdad y de asignación de roles por razón del género de la persona.

Entonces podría parecer que a las preguntas “ROLES: ¿Impacta esa política o proyecto público en los roles de género? y RECURSOS: ¿Tiene efecto en el acceso igualitario a recursos económicos, materiales o de otro tipo para las mujeres? deberíamos contestar que sí.

3. Comenta, si los conoces, el impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública. Si desconoces esa información, comenta entonces el impacto y resultados que consideras que podría tener.

La cuestión es, siguiendo el hilo conductor de “las tres R”, que en realidad el propio plan se autolimita al partir como él mismo lo denomina de un “planteamiento posibilista”, aludiendo a la complejidad del cambio de la realidad estructural de las instituciones, más aun cuando estas son totales. No deja de tener su razón este argumento y es cierto que es necesario ser realista. Lo cual nos llevaría a la última cuestión.

        4. ¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?

                Como puntos fuertes señalaríamos que la política de igualdad es una política de estado y por lo tanto es necesario que llegue a las mujeres encarceladas, quizás con un poco de retraso, pues estamos en 2021, pero que se inicie ya ese proceso.

Y Como puntos débiles los que ya hemos señalado sobre la dificultad y la resistencia al cambio de las organizaciones, más cuando estas son cerradas, y otros como el nivel de formación, de las internas, que muchas de ellas han sido víctimas de violencia de género, etc.

                Pero en realidad todo este planteamiento, tal y como lo expongo no sería verdadero. Lo cierto es  que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias tiene diseñado y elaborado un  Programa de acciones para la Igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito penitenciario” desde el año 2009, donde todas y cada una de las propuestas que se presentan en el estudio actual ya están recogidas. ¡Desde 2009! Y muchas más pues es un plan integral donde también se recogían medidas respecto al persona penitenciario.

                Se podrá argumentar que el estudio actual que hemos analizado someramente se inserta en el plan de 2009, pero no es así porque no hay ni una sola referencia al mismo ni a los órganos que en teoría creaba: “la Creación de una estructura orgánica y funcional permanente que impulse, examine regularmente, y evalúe el impacto del programa de acciones para la igualdad”.

                De hecho al analizar el estudio reciente parece partir de la nada. Lo cual es descorazonador porque de 2009 a 2019 debemos colegir que el plan de igualdad fue no solo ya papel mojado sino la nada. Y a partir de 2009 se retoma parcialmente el espíritu de la igualdad pero no recordamos lo que ya teníamos.

                Hecha la crítica sería injusto no introducir matices.

El primero sería que sí existe una preocupación verdadera por la promoción de la igualdad de la mujer en la Institución, como lo demuestra por ejemplo la reciente creación de un Departamento de igualdad en los servicios centrales de la Secretaría general con la previsión de crear una estructura territorial. 

El segundo es que algunos de los objetivos que se establecían en el plan de igualdad de 2009 se han trabajado y conseguido. Pero esta falta de seguimiento en la consecución de resultados es un gran punto débil en cualquier organización, más en la Función Pública que ha de ser capaz de materializar y visibilizar los logros de las políticas públicas.

NOTAS BIBLIOGRÁFICAS

1.Programa de acciones para la Igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito penitenciario, SGIIPP, 2009. https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/fondo-documental

2.La situación de la mujer privada de libertad en la Institución penitenciaria, SGIIPP,2021. https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/fondo-documental

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